| Capacitación Empresarial Selección de Personal Consultoría Técnica Eventos Académicos Inscripciones |
![]() UCAP (Unidad de Capacitación) habilitada por la Sepyme.
¿En qué consiste el Crédito Fiscal para Capacitación? El Crédito Fiscal para capacitación es un régimen por el cual las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) pueden capacitar a sus cuadros gerenciales y operativos, y obtener un beneficio (reintegro) de hasta el 100% de los gastos incurridos. ¿Quiénes pueden ser Beneficiarias de la capacitación?Las empresas que acrediten su condición de pyme de acuerdo a la disposición vigente. (Disposición 24/2001) y que no tengan deudas fiscales y provisionales exigibles. Las grandes empresas pueden ceder su beneficio para capacitar a empresas pymes de su cadena de valor o bien de una región o sector económico de su interés. ¿Cómo se calcula el Beneficio?Las empresas pymes podrán solicitar reintegros por actividades de capacitación hasta el 8% de su masa salarial bruta anual. Las grandes empresas que deseen ceder su beneficio a pymes, podrán solicitar reintegros hasta el 8% de su masa salarial bruta anual. ¿Cómo se accede?Las empresas pueden acceder a este beneficio de manera sencilla; ingresan en el sistema informático se registran y completan el formulario de Pre-proyecto. Asimismo deberán registrarse las unidades capacitadoras y docentes que desarrollarán las actividades de capacitación.
Áreas temáticas en las que ofrecemos capacitación
Procedimiento de presentación de Pre-proyectos1) Presentación de Preproyecto:La empresa debe, una vez registradas la Empresa y la UCAP, completar el formulario de Pre-proyecto de capacitación, incluyendo una breve descripción de sus objetivos y la/s actividad/es de capacitación que coadyuven al cumplimiento de los mismos. 2) Evaluación del Preproyecto. Compromiso de respuesta: 96 horas.Si el preproyecto fuera pre-aprobado, se le comunica a la empresa los términos del mismo y se le solicita la documentación respaldatoria. 3) Aprobación y Ejecución de la capacitación. Compromiso de respuesta: 15 días.Una vez aprobado el Preproyecto y presentada la documentación respaldatoria se aprueba el Proyecto y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación. 4) Rendición de Cuentas y Reintegro. Compromiso de respuesta: 30 días.Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas de los gastos incurridos a medida que se ejecuten las actividades de Capacitación. La Sepyme reintegra hasta el 100% de los gastos rendidos a través de un certificado de Crédito Fiscal que puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.) es endosable y no tiene fecha de vencimiento. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
(0297) 4443995 |